sábado, 30 de enero de 2010

Un consejo a los informáticos. (y en general a cualquier prestador de servicios independiente)

Cuando firmen un contrato de servicio con algún particular es preciso que los clientes decidan a la persona que estará a cargo de entenderse con el prestador del servicio. Es primordial, y sobre todo ayuda a una buena salud mental y emocional que se elija sólo a una persona, y que en caso de que dicha persona no pueda atendernos, no continuemos con el trabajo hasta que pueda hacerlo.
En el caso del diseño web, he tenido muchos clientes que al momento de mandar a hacer el sitio de su negocio desean que medio mundo les dé una opinión sobre el diseño y los cambios que serían pertinentes para su nuevo website, y al recibir una lluvia de opiniones pareciera que en vez de ayudarlos los paraliza.
En síntesis, no olviden recibir órdenes (no quisiera llamarlo así, pero el que paga manda), sólo de la persona que les ha firmado el contrato, ya que muchas veces se tiene el infortunio de encontrarse con clientes que no están conformes con algún aspecto o decisión de otro de su mismo grupo o familia y eso es trabajo doble que obviamente el cliente no querrá pagar, y con justo derecho pues él ya ha pagado por un servicio que debe ser si no terminado, al menos tener un cierto avance.
Lo malo de esto, es que a veces el dueño, el patrón, el cacique o el "machín", no sabe nada de computación y relega la tareas informáticas a otro que se supone que debería saber más (a veces el peón no sabe mas que el patrón), y es con quien debemos entendernos en todo el proceso del servicio. Aquí lo recomendable es siempre pedir que sea esa persona (la que nos va a atender) que sea quien firme el contrato.
Puede llegar a ocurrir, que el peón (así le llamo de cariño a los que somos subordinados de alguien jerárquicamente mayor) no sepa nada de computo tampoco y termine por pedirnos un trabajo que será del total desagrado del patrón (así le llamo de cariño al que tiene $$$ para pagarnos nuestros servicios). ¿Qué hacer en estos casos?
Bien, es muy sencillo. Si por algún motivo el patrón insiste en que se deben hacer cambios drásticos o totalmente revolucionados al trabajo que ya ha quedado terminado, es preciso mostrarle el contrato que firmó con nosotros y hacer hincapié en aquella famosa cláusula que dice:

El presente contrato celebra una relación del prestador de servicios con el
cliente cuyo nombre y firma se encuentran al calce de este documento, y será solamente él quien efectúe todas las decisiones, cambios y pagos
convenidos.

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